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Absuelven a dos guardias civiles acusados de obligar a cantar el Cara al sol

corrupción Guardia Civil

Mairenis Gómez

19 de septiembre de 2024 | 6:06 pm

La sentencia señala contradicciones en las declaraciones y la falta de pruebas suficientes

El juzgado de León ha absuelto a dos guardias civiles acusados de haber coaccionado a la dueña y a los clientes de un bar en 2013. La acusación indicaba que los agentes habrían obligado a las personas presentes a meterse balas en la boca mientras sonaba el «Cara al Sol», pero el tribunal ha concluido que no existen pruebas suficientes para acreditar estos hechos, lo que ha permitido a los agentes mantener su presunción de inocencia.

Contradicciones en los testimonios

La denuncia, presentada un año después de lo ocurrido, afirmaba que los guardias obligaron a los presentes a fumar, apagar sus teléfonos móviles y cerrar el local bajo amenazas. Según esta versión, también forzaron a la dueña y a los clientes a meter balas en la boca mientras sonaba una canción franquista.

Sin embargo, los acusados negaron rotundamente los hechos, alegando que simplemente preguntaron al dueño sobre el horario de cierre y señalaron que no se podía fumar fuera del local debido al olor a humo. Posteriormente, se retiraron del lugar en cuestión de minutos.

La jueza ha destacado las numerosas contradicciones en los testimonios presentados por las partes. En particular, subraya que la denuncia se realizó un año después del supuesto incidente, lo que genera dudas sobre la credibilidad de los hechos. Además, las declaraciones de otros testigos, como el alcalde, contradicen la versión de la víctima, quien no habría informado de lo sucedido en su momento.

La falta de pruebas clave para la absolución

El tribunal ha concluido que, a pesar de las graves acusaciones, no se han aportado pruebas suficientes que confirmen la autoría de los guardias civiles en los hechos denunciados. La jueza ha insistido en que la presunción de inocencia es un derecho fundamental que no puede ser vulnerado sin evidencias claras y concluyentes.

De este modo, la falta de pruebas concluyentes y las inconsistencias en los testimonios han llevado a la absolución de los dos agentes, quienes han sido exonerados de cualquier responsabilidad penal.

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