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Juzgado reconoce baja por ansiedad como accidente laboral
4 de julio de 2024 | 7:13 am
Un reciente fallo del Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián ha establecido un precedente importante al reconocer una baja por ansiedad de un vigilante de seguridad como accidente laboral
En una decisión pionera, el Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián ha reconocido que una baja por ansiedad de un vigilante de seguridad es un accidente laboral. Esta resolución marca un hito importante en la lucha contra la infradeclaración de enfermedades laborales. Y representa un avance significativo para los derechos de los trabajadores.
La sentencia: un hito en la jurisprudencia laboral
El trabajador afectado desempeñaba sus funciones como vigilante de seguridad en el centro comercial Garbera en San Sebastián. Sin embargo, debido a sus actividades sindicales como delegado de UGT, fue trasladado a otro servicio con condiciones laborales desfavorables. Este cambio abrupto y las nuevas condiciones de trabajo generaron un trastorno adaptativo con ansiedad. Lo que llevó al trabajador a solicitar una baja por incapacidad temporal.
La demanda, presentada por el sindicato UGT, fue clave para que el Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián reconociera esta baja como accidente laboral en su modalidad de enfermedad de trabajo. Esta decisión subraya la importancia de proteger la salud mental de los trabajadores y reconocer el impacto del entorno laboral en su bienestar psicológico.
Impacto de la sentencia en la clasificación de las bajas laborales
UGT Euskadi ha destacado la relevancia de esta sentencia, considerando que no es común que una patología psíquica se demuestre como de origen laboral. En muchos casos, las bajas por trastornos psicosociales son clasificadas como contingencias comunes, lo que tiene un impacto económico negativo para el trabajador. Si una baja es reconocida como profesional, el trabajador recibe el 75% de la base reguladora durante toda la baja. Además de posibles complementos a la prestación de IT según el convenio aplicable.
Reconocimiento de la enfermedad laboral: un reto persistente
Además, la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de San Sebastián resalta las dificultades que enfrentan los trabajadores para demostrar que sus enfermedades psíquicas tienen origen laboral. En el caso del vigilante de seguridad de Prosegur. Se argumentó que el trastorno adaptativo con ansiedad fue causado por un conflicto laboral, lo cual fue aceptado por el tribunal. Esta decisión no solo beneficia al trabajador afectado, sino que también sienta un precedente importante para futuras reclamaciones similares.
El papel de UGT en la defensa de los derechos laborales
Por su parte, el UGT ha jugado un papel crucial en este caso, apoyando al trabajador desde el inicio y presentando la demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Asepeyo y la empresa Prosegur. La firmeza de esta sentencia es un triunfo para el sindicato y una victoria para todos los trabajadores que luchan por el reconocimiento de sus enfermedades laborales.
La importancia de proteger la salud mental de los trabajadores
Este fallo judicial es un recordatorio de la importancia de proteger la salud mental de los trabajadores y garantizar que las enfermedades relacionadas con el trabajo sean adecuadamente reconocidas y compensadas. El reconocimiento de un trastorno adaptativo con ansiedad como derivado de una contingencia profesional no es tarea fácil. Pero esta sentencia demuestra que es posible con el apoyo adecuado y la evidencia necesaria.
En definitiva, esta decisión marca un antes y un después en la jurisprudencia laboral en España. Ofreciendo una luz de esperanza para aquellos trabajadores que sufren en silencio trastornos psicosociales derivados de condiciones laborales adversas. Es fundamental seguir avanzando en la protección de la salud mental en el ámbito laboral y asegurarse de que todos los trabajadores reciban el reconocimiento y la compensación que merecen.
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