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La reforma sobre la convalidación de penas extranjeras no afectará al etarra Txapote

Mairenis Gómez

10 de octubre de 2024 | 8:03 am

La nueva norma no cambiará su situación legal

La reforma aprobada recientemente por el Gobierno que convalida las penas cumplidas en el extranjero no tendrá impacto sobre la condena del etarra Francisco Javier García Gaztelu, conocido como Txapote. Aunque la nueva normativa permite reducir las condenas de ciertos presos que hayan cumplido parte de sus penas en otros países, en el caso de Txapote su situación ya fue resuelta por la Audiencia Nacional en 2014, cuando, bajo el Gobierno de Mariano Rajoy, se acumuló el tiempo que cumplió en Francia a su condena en España.

Txapote seguirá en prisión hasta 2031

Txapote, responsable de varios asesinatos durante su etapa en la organización terrorista ETA, seguirá cumpliendo su condena hasta 2031, tal y como se determinó en el proceso judicial. En 2014, la Audiencia Nacional decidió sumar el tiempo que pasó en prisión en Francia, por lo que no se verá beneficiado por la nueva normativa aprobada por el actual Gobierno. Esta reforma tiene como objetivo evitar que ciertos condenados cumplan doblemente las penas en diferentes países, pero en este caso específico, ya no se aplicará ningún cambio.

La acumulación de penas en 2014

Bajo el mandato de Rajoy, el Tribunal de la Audiencia Nacional realizó una acumulación de las penas ya cumplidas por Txapote en Francia. Este proceso legal impidió que el etarra tuviera que cumplir dos condenas separadas, una en Francia y otra en España, estableciendo que los años de reclusión cumplidos en el país vecino se sumaran a su condena en territorio español.

Este precedente legal es lo que evita que la nueva reforma tenga efecto sobre su situación actual, ya que la acumulación de penas se resolvió hace una década y no está sujeta a cambios bajo la nueva normativa.

Reforma con impacto limitado

Aunque esta reforma puede afectar a otros condenados, Txapote no se verá beneficiado por esta legislación. Su caso particular ya fue tratado en los tribunales, y la normativa aprobada recientemente no altera las decisiones judiciales previas. Este tipo de reformas tiene un alcance limitado, afectando solo a aquellos cuya acumulación de penas no fue resuelta anteriormente, lo que no es el caso de uno de los etarras más conocidos y con una condena ya firmemente establecida.

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