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Mercadona despide a gerente con 35 años de antigüedad sin indemnización

Mairenis Gómez

5 de octubre de 2024 | 11:05 am

El TSJ de Valencia avala el despido disciplinario por consumo no pagado de productos

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha declarado procedente el despido disciplinario de una trabajadora de Mercadona que llevaba en la empresa desde 1989. La empleada, quien ocupaba el puesto de gerente B, fue despedida por consumir varios cafés en el supermercado sin haberlos pagado, lo que según las normas internas de la empresa constituye una falta muy grave.

La trabajadora, que llevaba 35 años en la compañía, fue despedida tras ser vista consumiendo cafés sin abonar su importe durante varios días de julio de 2022. A pesar de alegar que los había pagado, no pudo presentar el justificante, y cuando intentó abonar dos de los cafés posteriormente, no completó el proceso de comprobación en el sistema informático. Ante esta situación, Mercadona decidió despedirla alegando fraude, deslealtad y abuso de confianza, según lo estipulado en el Convenio Colectivo de la empresa.

Recurso y decisión judicial

La trabajadora presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social de Elche, pero su solicitud fue desestimada. Posteriormente, interpuso un recurso de suplicación, que también fue rechazado por el TSJ de Valencia. El tribunal concluyó que la empleada era plenamente consciente de las normas de la empresa, que prohíben el consumo de productos sin haberlos abonado previamente.

La sentencia destaca que el comportamiento de la trabajadora fue constitutivo de falta muy grave, amparándose en los artículos 33.C1 y 33.C4 del Convenio de Mercadona, y en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. El TSJ de Valencia consideró que el despido disciplinario estaba justificado, y por tanto, la trabajadora no tiene derecho a indemnización alguna.

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