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Multa por reconocimiento facial en exámenes online
6 de abril de 2023 | 6:00 pm
El uso del reconocimiento facial en exámenes ha generado controversia en el ámbito educativo, especialmente en las universidades a distancia. Un ejemplo de esto es la multa de 20.000 euros impuesta a la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) por la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCat) por utilizar este sistema en los exámenes finales, afectando a más de 31.000 estudiantes.
La APDCat sostiene que el tratamiento de datos biométricos de los alumnos no está incluido en ninguna de las excepciones del reglamento de protección de datos. La UOC, por su parte, argumenta que el sistema es proporcional y adecuado para verificar la identidad de los estudiantes y prevenir fraudes académicos.
El método de reconocimiento facial utilizado en la UOC consiste en capturar una imagen del rostro del estudiante y compararla con la foto de su DNI. Además, se comparan las imágenes capturadas durante la realización del examen. A pesar de las denuncias presentadas y el procedimiento sancionador iniciado, la universidad mantiene que este sistema es legal y confidencial.
Consentimiento y alternativas
Para resolver este conflicto, la APDCat exige que el sistema de reconocimiento facial no sea obligatorio y que se informe a los estudiantes sobre posibles alternativas, como la evaluación presencial o la evaluación oral síncrona. Asimismo, la autoridad solicita que aquellos estudiantes que acepten utilizar el reconocimiento facial firmen un documento de consentimiento explícito.
La UOC defiende la legalidad de su sistema de reconocimiento facial, comparándolo con mostrar el DNI en un entorno presencial. La universidad asegura que los datos se tratan de forma confidencial y se eliminan a los tres meses de finalizar las pruebas virtuales. Además, afirma haber implementado medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos y evitar su destrucción, pérdida, acceso o alteración ilícitas.
El futuro del reconocimiento facial en exámenes
A medida que aumenta la demanda de educación a distancia y virtual, el uso del reconocimiento facial en exámenes se convierte en una herramienta clave para combatir la suplantación y garantizar la integridad académica. No obstante, es crucial encontrar un equilibrio entre la protección de los datos personales de los estudiantes y la implementación de medidas efectivas contra el fraude.
La adopción de este tipo de tecnología en el ámbito educativo debe realizarse de forma transparente y garantizando el consentimiento informado de los estudiantes. Además, es necesario que las instituciones ofrezcan alternativas viables para aquellos alumnos que no deseen utilizar el reconocimiento facial en sus exámenes.
El caso de la UOC pone de manifiesto la necesidad de revisar y actualizar las regulaciones de protección de datos en el contexto educativo, adaptándolas a las nuevas realidades y desafíos tecnológicos. Mientras tanto, las universidades y otras instituciones educativas deberán enfrentarse a los dilemas éticos y legales que plantea el uso del reconocimiento facial en exámenes y encontrar soluciones que respeten la protección de datos personales.
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