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Nuevo protocolo para médicos objetores de conciencia en la ley del aborto
7 de octubre de 2024 | 8:38 am
Elección entre objeción total o parcial
El nuevo protocolo para el registro de objetores de conciencia en interrupciones voluntarias del embarazo introduce una novedad importante: los profesionales sanitarios podrán optar por una objeción de conciencia total o parcial. La objeción total implica la negativa a participar en cualquier fase del proceso del aborto, mientras que la parcial permite a los médicos oponerse solo en ciertos supuestos previstos por la ley.
En el caso de la objeción parcial, los profesionales pueden negarse a participar en abortos durante las primeras 14 semanas de gestación o en intervenciones por causas médicas que no superen las 22 semanas. También podrán oponerse en casos de anomalías fetales graves o cuando exista un riesgo elevado para la vida de la embarazada.
Registro autonómico y confidencialidad
Cada comunidad autónoma creará su propio registro de objetores, que no será de carácter público. La información de los profesionales registrados estará restringida a los gestores y organizadores de los recursos humanos de los servicios de salud autonómicos, para garantizar que siempre haya personal disponible para atender a las mujeres que necesiten acceder a un aborto.
Además, este registro no será compartido entre las diferentes comunidades autónomas. Si un profesional cambia de lugar de trabajo o ejerce en varias regiones, deberá registrarse en cada una de ellas de manera independiente. El acceso a los datos será confidencial y solo se facilitará información con fines estadísticos, siempre protegiendo el anonimato de los objetores.
Obligaciones de los profesionales y comunidades autónomas
Los profesionales sanitarios que decidan inscribirse en el registro de objetores deberán hacerlo con suficiente antelación para no comprometer la atención de las pacientes. Las comunidades autónomas tendrán la responsabilidad de establecer los plazos y asegurar que se cumpla con la normativa vigente.
El protocolo también contempla medidas para garantizar que los profesionales no objetores no sean relegados exclusivamente a realizar interrupciones voluntarias del embarazo, asegurando una distribución equitativa de las tareas. Asimismo, las comunidades deben evitar discriminaciones entre profesionales según su postura respecto al aborto.
Implementación del registro
A pesar de que la nueva ley del aborto entró en vigor hace más de un año, muchas comunidades autónomas aún no han implementado el registro de objetores. Solo cinco comunidades, entre ellas Cataluña y Navarra, han creado ya este registro, mientras que otras como Extremadura y Castilla-La Mancha están en proceso de hacerlo. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud será el encargado de aprobar el protocolo definitivo para garantizar una implementación uniforme en todo el territorio.
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