18 de noviembre de 2024 | 1:14

Bilbao

Bilbao se prepara para el sorteo de Mesas Electorales: Todo lo que necesitas saber

María José Gonzalez

20 de junio de 2023 | 7:55 am

La Junta Electoral Central ha comunicado las fechas en las que se llevará a cabo el sorteo para designar a los miembros de las mesas electorales de cara a las próximas elecciones generales del 23 de julio en Bilbao, San Sebastián y Vitoria-Gasteiz.

Los Detalles del Sorteo

La selección de los ciudadanos que integrarán las mesas electorales para las elecciones generales del 23 de julio se realizará del 22 al 26 de junio. En concreto, el sorteo se llevará a cabo el 22 en San Sebastián y el 26 en Bilbao y Vitoria-Gasteiz.

Los elegidos para formar parte de la mesa electoral recibirán una carta en su domicilio con la notificación de su cargo tres días después del sorteo. La única forma de confirmar si te ha tocado ser miembro de una mesa electoral es a través de esta carta.

La carta detalla la posición que deberás ocupar (o si eres suplente) en la mesa electoral, junto con instrucciones claras y concisas sobre lo que debes hacer.

El Proceso de Alegaciones

La ley ofrece la posibilidad de presentar alegaciones ante la Junta Electoral de Zona. Para ello, los electores tienen un plazo de siete días a partir de la recepción de la notificación.

Los que se encuentren convocados para formar parte de una mesa electoral recibirán un mínimo de 70 euros, una subida de 5 euros respecto a las elecciones generales de 2019.

Aquellos que decidan no presentarse o abandonar la mesa sin causa justificada pueden incurrir en una pena de prisión de tres meses a un año o en una multa de seis a veinticuatro meses.

¿Quiénes Participan en el Sorteo?

En este sorteo participan todas las personas mayores de 18 años y menores de 70 años, que sepan leer y escribir. A partir de los 65 años, las personas pueden manifestar su renuncia en el plazo de siete días.

Además, se excluyen aquellos que alcancen la mayoría de edad en el período comprendido entre la formación de las listas de electores y la votación.

Por último, es importante destacar que la formación reglada cuenta. El presidente o presidenta debe tener el título de Bachiller, el de Formación Profesional de segundo grado, o el de Graduado Escolar o equivalente.

Causas Justificadas para No Acudir a la Mesa Electoral

Existen una serie de causas justificadas por las que un ciudadano puede no acudir como presidente o vocal de una mesa electoral, pese a haber sido convocado.

Estos motivos deben justificarse previamente ante la Junta Electoral de Zona, ya que no es válido no presentarse el día de las elecciones sin haber obtenido el permiso previo de esta entidad.

Por último, es importante recordar que los ciudadanos que votan por correo también pueden ser llamados a formar parte de una mesa electoral.

Reducción de Jornada Laboral tras el Servicio en la Mesa Electoral

Los trabajadores y funcionarios nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. Además, tienen derecho a una reducción de su jornada laboral de cinco horas el día inmediatamente posterior a las elecciones.

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