Bilbao
La Audiencia de Bizkaia archiva caso por muerte en implante capilar en Bilbao

10 de septiembre de 2024 | 4:30 pm
Tras una exhaustiva investigación, el tribunal determinó que no existen pruebas suficientes para sostener la acusación de homicidio imprudente contra los profesionales involucrados en la intervención
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha decidido archivar definitivamente la causa por la muerte de un hombre durante un implante capilar en una clínica de Bilbao. Esta decisión confirma la resolución tomada por el Juzgado de Instrucción número 2 de la ciudad, que en marzo de 2024 acordó el sobreseimiento provisional del caso.
La falta de pruebas concluyentes determina el archivo de la causa
La clave del archivo de la causa se basa en la falta de pruebas concluyentes que demuestren la comisión de un delito de homicidio imprudente. Aunque la familia del fallecido recurrió la decisión, la Audiencia sostiene que, tras valorar las investigaciones realizadas, no existen indicios suficientes que justifiquen una actuación negligente por parte de los profesionales de la clínica.
El informe forense y la causa de la muerte
El informe médico forense, solicitado como parte de las diligencias de investigación, concluye que la muerte del paciente fue súbita y de etiología natural. Aunque no se pudo determinar de manera concreta la causa exacta. Según este informe, aunque en un principio se especuló sobre la posibilidad de que la causa fuera una sobredosis de lidocaína. Sin embargo, los resultados de la autopsia descartaron esta hipótesis. De hecho, se concluyó que la cantidad de lidocaína administrada estaba dentro de los márgenes terapéuticos.
Los peritos sugirieron que la muerte podría haber sido consecuencia de una miocardiopatía hipertrófica no diagnosticada. Este tipo de afección cardíaca puede desencadenar una muerte súbita, especialmente en situaciones de estrés o intervención médica, como era el caso del implante capilar. No obstante, esta causa no ha podido ser ni confirmada ni descartada de manera concluyente.

La Audiencia reafirma el sobreseimiento
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha valorado las pruebas presentadas, incluyendo los informes forenses y los informes emitidos por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Concluyendo que no se ha demostrado una actuación negligente por parte de los profesionales que realizaron el implante capilar. Según el auto emitido el 12 de agosto de 2024, no hay pruebas de que los médicos de la clínica infringieran las ‘lex artis’. Es decir, las normas de actuación que rigen el ejercicio de su profesión.
Aunque se reconoce el dolor de la familia y su legítimo interés en aclarar las causas de la muerte, la Audiencia sostiene que, a pesar de los esfuerzos realizados para esclarecer los hechos, no ha sido posible llegar a una conclusión certera. Por tanto, se confirma el archivo provisional del caso. Ya que no se puede probar que la muerte del paciente fuera consecuencia de un delito de homicidio imprudente.
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