Bizkaia
Cárcel para un barakaldés por penetrar a una compañera dormida tras salir de fiesta

16 de mayo de 2024 | 3:57 pm
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ratificado la condena a cuatro años de prisión, cinco de libertad vigilada, nueve de inhabilitación para trabajar con menores y una indemnización de 8.000 euros a un vecino de Barakaldo de 27 años por abuso sexual.
Los hechos: abuso sexual en estado de indefensión
El incidente ocurrió la noche del 22 de octubre de 2021. El condenado y su compañera de estudios, junto con otros amigos, salieron de fiesta por Bilbao. Tras varias horas en una discoteca, la joven se sintió mareada debido al consumo de alcohol y el joven se ofreció a acompañarla a casa. La mujer, completamente indispuesta, se quedó dormida en su cama, momento que el hombre aprovechó para penetrarla vaginalmente en dos ocasiones.
La investigación y las pruebas
El acusado cuestionó la credibilidad de la víctima respecto a la falta de consentimiento. Sin embargo, existe una conversación por WhatsApp en la que él pregunta a la chica “si se cuidaba”, refiriéndose al hecho de haber mantenido relaciones sexuales sin preservativo. La joven respondió: “necesito que me aclares lo que pasó anoche porque la verdad no me acuerdo de nada y no paro de darle vueltas porque me he despertado con la ropa puesta y sin saber lo que había pasado”.
Los testigos desmintieron al acusado en varios puntos clave, como la afirmación de que la mujer le ofreció dormir en su casa o que se ‘enrollaron’ durante la fiesta. Además, la justicia considera incierto que ambos acordaran mantener en secreto las relaciones sexuales, una alegación del condenado que se considera contradictoria según la sentencia.
La sentencia: detalles de la condena
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la condena inicial, detallando las siguientes penas:
- Cuatro años de prisión por abuso sexual, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
- Nueve años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con menores de edad.
- Cinco años de libertad vigilada, que se ejecutará después de cumplir la pena privativa de libertad.
- Una indemnización de 8.000 euros a la víctima.
- Pago de costas procesales.
Implicaciones y contexto legal
La ratificación de esta condena subraya el compromiso del sistema judicial en la protección de las víctimas de abusos sexuales y la aplicación de penas ejemplares a los agresores. Este caso también destaca la importancia de las pruebas y testimonios que desmienten las alegaciones de los acusados, así como la relevancia de las comunicaciones digitales como evidencia.
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