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Custodia y manutención de mascotas en casos de divorcio

4 de octubre de 2024 | 7:42 pm
Revisión de casos recientes
Con la entrada en vigor de la nueva legislación sobre el bienestar de los animales, los tribunales en España están lidiando cada vez más con situaciones en las que la custodia y manutención de las mascotas se convierten en un punto de disputa durante los divorcios. Un ejemplo reciente es el de la Audiencia Provincial de León, que revisó el recurso de una mujer cuyo divorcio no especificaba nada sobre sus mascotas, que incluían tres perros y siete gatos. La mujer solicitaba 500 euros mensuales para su cuidado, pero el tribunal redujo la cifra a 200 euros, basándose en las facturas presentadas y la falta de un informe pericial que justificara los gastos.
Custodia de mascotas por razones terapéuticas
Un caso especialmente singular ocurrió a principios de este año en Vizcaya, donde un tribunal otorgó la custodia de un perro a un menor de edad debido al efecto terapéutico que el animal tenía sobre el niño. En este proceso de divorcio, se consideró que la relación entre el menor y el perro era crucial para su bienestar emocional, ya que el niño tenía necesidades especiales. Este fallo creó un precedente al establecer un vínculo legal entre el animal y la persona más vulnerable de la familia.
Pensión mensual para el cuidado de animales
Otro fallo relevante se dio en la Audiencia Provincial de Pontevedra en 2024, donde se confirmó la imposición de una pensión mensual de 40 euros para el mantenimiento de una mascota tras la disolución de un matrimonio. Esta sentencia, respaldada por la Ley de Bienestar Animal, reconoció que los gastos veterinarios debían ser compartidos de manera equitativa entre ambos ex cónyuges, sin importar quién conviviera con el animal.
Decisiones contradictorias
Sin embargo, no todos los tribunales fallan de la misma manera. Un caso en el Tribunal Supremo surgió cuando una mujer solicitó que su exmarido asumiera los gastos de sus dos gatos tras su divorcio. Aunque el Juzgado de Primera Instancia de Bilbao determinó inicialmente que los gatos debían quedarse con la mujer y que los gastos debían ser compartidos, la Audiencia Provincial de Vizcaya eliminó la obligación de compartir estos gastos tras un recurso del marido. El Tribunal Supremo, en 2024, confirmó esta decisión, subrayando que la solicitud de la mujer no fue presentada adecuadamente durante el proceso legal, destacando la importancia de cumplir con los procedimientos legales establecidos.
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