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Padre exonerado de pagar pensión a hija de 29 años por su desinterés en trabajar y falta de afecto

RedacciónBH

31 de marzo de 2023 | 7:12 am

La Audiencia de Salamanca rechaza el recurso de la joven que no percibirá más los 125 euros mensuales

La Audiencia Provincial de Salamanca ha decidido exonerar a un padre residente en Béjar de continuar pagando la pensión alimenticia a su hija de 29 años. La sentencia, a la que tuvo acceso Ical, establece que la joven muestra un desinterés en trabajar y buscar empleo, así como una evidente falta de afecto hacia su progenitor. De este modo, la sala acuerda la extinción de la pensión de alimentos de 125 euros mensuales, que el padre venía abonando a su hija, debido a la “alteración sustancial y cambio de circunstancias y necesidades” de la joven respecto a la sentencia de separación en la que se fijó dicha cantidad.

Esta es la segunda vez que el padre intenta dejar de pagar la pensión, ya que en 2018 su solicitud fue desestimada en primera instancia. La sentencia explica que, en ese momento, la joven no podía vivir de forma independiente, a pesar de contar con una titulación de formación profesional inicial de técnico de farmacia y parafarmacia, debido a que la situación de acceso al mercado laboral para los jóvenes “era complicada”. Sin embargo, desde entonces, “no se aporta documento alguno que acredite que ha tenido algún trabajo, ni que está en búsqueda activa de empleo, ni que siga formándose”.

Según la consulta realizada a la Tesorería General de la Seguridad Social, la joven solo ha trabajado una vez y por tan solo un día, entre el 10 y el 11 de mayo de 2016. Además, desde el 1 de enero de 2021, recibe la renta de inserción por parte de la Gerencia de los Servicios Sociales de Castilla y León por importe de 401,92 euros mensuales, hecho que ocultó en su contestación a la demanda.

La joven también omitió que vive en pareja desde hace diez años en un domicilio de Zamora, aunque sostiene que el hombre al que se refiere su padre es su casero y apenas le cobra 50 euros mensuales, debido a su situación económica y a que además es su amigo. La sala señala que concurre una causa que, “por sí sola, ya es suficiente para acordar la citada extinción”: la falta de relación entre padre e hija imputable solo a ella. En el año 2017, la joven se fue a vivir con su padre en Béjar debido a problemas con su pareja, lo que derivó en una denuncia a su progenitor por presuntos malos tratos que obligó al hombre a salir de su propia vivienda, aunque la denuncia finalmente fue archivada.

La sala concluye que, con 29 años cumplidos, la joven “mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar, y si bien no tiene independencia económica, ésta solo es debida a su falta de diligencia e interés en la consecución de un empleo”. Estos hechos, sumados a su vida en pareja en Zamora desde hace diez años y al hecho de que percibe un subsidio, vienen a corroborar, en definitiva, la situación de “pasividad” en la que se ha colocado “voluntariamente” respecto a procurarse una forma de vida.

Esta sentencia es un caso significativo en el ámbito legal, ya que pone de manifiesto la importancia de la responsabilidad individual y el esfuerzo personal en el mantenimiento de las relaciones familiares y la búsqueda de la independencia económica. Además, demuestra que las circunstancias pueden cambiar y, en consecuencia, afectar la obligación de los progenitores de proporcionar apoyo económico a sus hijos adultos.

El fallo de la Audiencia de Salamanca también plantea una reflexión sobre la situación actual del mercado laboral y el desafío que enfrentan muchos jóvenes para encontrar empleo y lograr la independencia económica. A pesar de tener una formación profesional, la joven no ha mostrado interés en buscar trabajo activamente, lo que ha llevado a la extinción de la pensión alimenticia que recibía de su padre.

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