Bilbao
Juzgado de Bilbao anula cláusulas abusivas en hipoteca

5 de junio de 2024 | 9:00 am
Kutxabank obligado a reembolsar 1.400 euros por gastos indebidos en préstamo hipotecario de 1992
Un juzgado de Bilbao ha dado un paso significativo al anular las cláusulas abusivas de una hipoteca firmada en 1992, cancelada en 1997, obligando a la entidad financiera a reembolsar al cliente 1.400 euros por importes abonados injustificadamente. Esta decisión marca un precedente importante para los ciudadanos de la Villa de Bilbao y la provincia de Bizkaia, especialmente en el contexto de las hipotecas y sus condiciones.
Análisis detallado de la sentencia y sus implicaciones legales para el futuro de los préstamos hipotecarios en Bizkaia
La sentencia, emitida el 14 de marzo por el juzgado de primera instancia nº 15 de Bilbao, estima la demanda contra Kutxabank y declara nula la cláusula que imponía el pago de los gastos de formalización y constitución del préstamo hipotecario. El contrato de préstamo, formalizado con Bilbao Bizkaia Kutxa -ahora Kutxabank- en 1992, obligaba a la clienta a cubrir todos los gastos de formalización de la hipoteca. En 2020, el Tribunal Supremo, en diferentes sentencias, determinó que imponer la totalidad de estos gastos a los consumidores era abusivo.
Además, el juzgado de Bilbao también ha condenado a la entidad a pagar el 50 % de los gastos notariales y el 100 % de los gastos de registro, gestoría y tasación, junto con los intereses correspondientes. Esta decisión viene después de que el banco se allanara, es decir, reconociera las pretensiones de los demandantes. Sin embargo, el juzgado puntualiza que el allanamiento no elimina la mala fe de la entidad financiera.
La respuesta de Kutxabank y el papel de Facua en la defensa de los derechos de los consumidores
Por su parte, el banco argumentó que, aunque la cláusula podía ser nula, no estaba obligado a devolver dinero alguno ya que el plazo para pedir el reembolso prescribe a los 15 años, y la hipoteca se firmó en 1992 y se canceló en 1997. Por tanto, Kutxabank se negó a atender las pretensiones de la afectada, representada por los abogados de la asociación de consumidores Facua.
Facua destacó que el plazo de prescripción comienza a contar desde que la cláusula es declarada nula por un juzgado, no desde que se firma la hipoteca ni desde que se termina de pagar. Este argumento fue clave para que el juzgado bilbaíno corrigiera la postura de Kutxabank, estableciendo así un precedente importante para futuros casos similares.
En su contestación a la demanda, Kutxabank se allanó respecto a la nulidad de la cláusula, reconociendo que debía declararse como tal. Sin embargo, el banco insistió en que no debía reembolsar cantidad alguna, argumentando que la acción de reclamación había prescrito. Esta postura fue desestimada por el juzgado, lo que refuerza la protección de los derechos de los consumidores en Bizkaia y en toda España.

Un precedente significativo y la importancia de estar informados sobre los derechos hipotecarios
Este fallo judicial en Bilbao representa un paso adelante en la protección de los derechos de los consumidores frente a prácticas abusivas en los contratos hipotecarios. La sentencia no solo beneficia a la afectada, sino que también sirve como referencia para otros ciudadanos que puedan estar en situaciones similares.
Es crucial que los ciudadanos estén informados sobre sus derechos y las posibilidades de reclamar cláusulas abusivas en sus contratos hipotecarios. Las asociaciones de consumidores como Facua juegan un papel fundamental en la defensa de estos derechos y en la lucha contra las prácticas injustas por parte de las entidades financieras.
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