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Autocustodia de bitcoins en wallets frías exime de declarar en España

Moneda de Bitcoin en primer plano.

Wilmer Ayala

3 de octubre de 2023 | 11:00 am

Con las tecnologías avanzando a pasos agigantados, el ecosistema criptográfico se cierne sobre una realidad cambiante. En medio de tal revolución, España se esfuerza por enmarcar un terreno fiscal para los aficionados a las criptomonedas. Cristina Carrascosa, experta en la ley criptográfica, aporta claridad y arroja luz sobre esta complejidad.

Entendiendo el Enigma del Modelo 721

La aparición del Modelo 721 ha causado un torbellino de interrogantes para los titulares de Bitcoin y otras criptomonedas. Esta disposición exige a las personas y empresas declarar sus activos criptográficos en carteras fuera de España. Aquí es donde surge el dilema para aquellos que practican la autocustodia.

Autocustodia y el Dilema Fiscal

La esencia de la autocustodia radica en la libertad y autonomía que brinda al usuario. Con la introducción de esta nueva norma, quienes mantienen sus activos en wallets, ya sean frías o calientes, se enfrentan a una nueva encrucijada. Esta situación da lugar a un sinfín de interpretaciones legales, donde el terreno es aún incierto.

Mirada Profunda al Modelo 172

Antes de sumergirnos más en el 721, es vital entender el Modelo 172. Esta norma regula la declaración de saldos criptográficos dentro de España. Su relación con el Modelo 721 se convierte en esencial, pues mientras uno se enfoca en el extranjero, el otro tiene su vista fija en el territorio español.

Carrascosa: El Faro en Medio de la Tempestad Criptográfica

A través de su análisis y desglose, Carrascosa ha iluminado muchos puntos oscuros en la política fiscal de criptomonedas en España. Sus interpretaciones del Modelo 721 son cruciales para entender cuándo y cómo se debe declarar.

Las Ramificaciones del Modelo 714

El Modelo 714 entra en juego cuando hablamos de autocustodia. Carrascosa enfatiza que si un individuo tiene control total sobre sus claves privadas, los activos no son considerados extranjeros. Esto significa que estos activos no caen bajo el Modelo 721, sino más bien se rigen por el 714, relacionado con el Impuesto sobre el Patrimonio.

Directrices Claras y Futuro Incierto

La información que Carrascosa ha compartido también nos da una cifra clave: 50.000 euros. Si las tenencias de criptomonedas de un individuo superan esta cantidad, se deben declarar. Esta cifra, aunque clara, plantea desafíos para el futuro, en especial con las fluctuaciones en el valor de las criptomonedas.

Reflexión Final: El Gran Escenario Criptográfico

Recientemente, nos enteramos de que activos por más de 2.000 millones de euros se han declarado ante la Agencia Tributaria. Este dato, aparte de ser impactante, nos obliga a reflexionar sobre el camino que España está tomando en cuanto a la regulación criptográfica.

Este es solo el comienzo. Con el avance de la tecnología y la evolución de las criptomonedas, las directrices fiscales seguramente sufrirán más cambios. Por ahora, nos apoyamos en expertos como Carrascosa para navegar estos mares tumultuosos. El futuro es incierto, pero una cosa es segura: la era criptográfica ha llegado para quedarse.

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