9 de mayo de 2024 | 11:08

Bizkaia

Novedades en la declaración de la Renta Bizkaia 2022: medidas para combatir la inflación

Miguel Castillo

12 de abril de 2023 | 9:30 am

La campaña de la Renta 2022 en Bizkaia presenta cambios relevantes en las deducciones y medidas para enfrentar la crisis económica y energética

El 17 de abril comienza la campaña de la Renta 2022 en Bizkaia, y se extenderá hasta el 30 de junio. La Hacienda Foral vizcaína estima que se presentarán alrededor de 623.000 declaraciones, con un importe medio de devolución de 1.190 euros. Esta campaña incluye algunas medidas implementadas en 2022 para combatir los efectos de la inflación, así como otras novedades importantes.

Deflactación de la tarifa aplicable

La Hacienda Foral vizcaína deflactará un 5,5% la tarifa aplicable a la base liquidable general del ejercicio 2022. Además, incrementará en el mismo porcentaje la reducción por tributación conjunta, la minoración de la cuota y las deducciones personales.

Impulso a la reactivación económica

Se incrementará la deducción para incentivar la inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas. El porcentaje aumenta del 10% al 25%, y será del 35% en el caso de inversiones en «empresas innovadoras» y aquellas vinculadas a la economía plateada o ‘silver economy’.

Incentivos a la aplicación voluntaria del Batuz

Los autónomos que se adhieran voluntariamente al sistema Batuz experimentarán una reducción del rendimiento neto positivo de sus actividades económicas del IRPF. El porcentaje de reducción dependerá de la fecha en la que se inicia el cumplimiento obligatorio de las obligaciones. Además, se mantiene la deducción de un 30% de los gastos incurridos para adaptarse a Batuz en 2022.

Medidas para afrontar la crisis energética

Se incrementa del 10% al 15% el porcentaje general para minorar la diferencia entre los ingresos y los gastos de la actividad, en concepto de amortizaciones, pérdidas por deterioro y gastos de difícil justificación. Este mecanismo se eleva hasta el 70% en el caso de las actividades agrícolas y ganaderas, así como para las de transporte de mercancía por carretera.

Además, se aplicará nuevamente una deducción extraordinaria de 200 euros para las personas cuya base imponible general no supere los 30.000 euros. Si esa renta se sitúa entre los 30.000 y los 35.000 euros, la minoración será de 200 euros menos el resultado de multiplicar por 0,04 la cuantía resultante de minorar la base imponible en 30.000 euros.

Más noticias