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Hacienda estatal estudia quitar el IVA a los autónomos

Miguel Castillo

8 de septiembre de 2023 | 10:00 am

El panorama fiscal para los autónomos en España está a punto de experimentar una significativa transformación. Una iniciativa proveniente de la Unión Europea, específicamente de la Directiva europea 2020/285, buscará simplificar el terreno impositivo para aquellos profesionales independientes que no superen un cierto umbral de ingresos. Analizamos en detalle esta propuesta que podría liberar a muchos autónomos de la carga administrativa del IVA.

El Contexto Europeo: La Directiva 2020/285

Europa, con su característica visión de integración y simplificación, ha establecido a través de la mencionada directiva, que los Estados miembros deben adoptar medidas para eximir a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales de declarar el IVA trimestralmente. La fecha límite para adoptar esta medida es el 1 de enero de 2025, aunque es sabido que no siempre los Estados cumplen estos plazos.

¿Qué propone exactamente la Directiva?

La norma, a falta de una versión oficial en España, señala que los autónomos con ingresos por debajo del umbral podrán optar entre el régimen general del IVA o el nuevo régimen especial de franquicia. Este último les permitiría no incluir IVA en sus facturas y, por ende, no declararlo.

Condiciones y Excepciones

Para acogerse a esta franquicia, el autónomo no debe haber superado los 85.000 euros de facturación en el año previo. Sin embargo, la Directiva permite a los países extender este periodo revisable a dos años previos.

Una vez acogido al régimen, si el autónomo supera en más del 10% dicho volumen, perdería el beneficio. Aunque la UE propone excepciones, permitiendo a los Estados miembros establecer un límite de hasta el 25% o mantener el beneficio según circunstancias.

El panorama español y su adaptación

Si bien la UE marca los 85.000 euros como umbral, da libertad a los países para ajustar esta cifra a la baja o incluso establecer umbrales diferenciados por sector de actividad. Esto abre un abanico de posibilidades que el Ministerio de Hacienda español deberá estudiar a fondo en su proceso de transposición de la norma.

Desactivación de la franquicia

El Estado español será el encargado de retirar el beneficio en caso de que el autónomo supere el umbral permitido, decida no continuar con la franquicia o cese su actividad. Es vital mencionar que para controlar a los beneficiarios, se otorgará un número de identificación individual. Además, si un autónomo decide acogerse a la franquicia en otro país de la UE, deberá notificarlo a la Administración española.

¿Qué significa esto para los autónomos en España?

La transposición de esta Directiva supone una bocanada de aire fresco para muchos autónomos, especialmente aquellos que están en el rango de ingresos contemplado. Reducir la carga administrativa y fiscal podría impulsar la actividad económica y animar a más personas a emprender en un contexto económico desafiante.

Próximos pasos

Mientras esperamos la adaptación oficial de la norma en España, es fundamental que los autónomos estén informados y asesorados. Se recomienda estar en contacto con gestorías y estar atentos a las comunicaciones del Ministerio de Hacienda. La adaptación proactiva será clave para sacar el máximo provecho de esta nueva normativa.

Con este panorama, los próximos años serán cruciales para determinar cómo esta Directiva impactará en la realidad fiscal de los autónomos en España y cómo se adaptará el tejido empresarial a esta nueva realidad.

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