2 de mayo de 2024 | 5:03

Bilbao

Madre de tres menores en Bilbao logra exclusión de la mesa electoral

Laura Rangel Ybarra

14 de julio de 2023 | 10:00 am

Junta electoral de zona de Bilbao

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Bilbao acepta el recurso de una madre de tres niños menores de 5 años y permite su exclusión de la mesa electoral. La mujer, cuyo marido fue citado como vocal suplente, había solicitado su exclusión a la Junta Electoral de Zona de Bilbao, sin éxito.

La solicitud inicial y la negativa de la Junta Electoral

Llamada a ser la presidenta de la mesa, la madre pidió no participar a la Junta Electoral de Zona de Bilbao. Esta solicitud fue denegada, alegando que la mujer «no cumple los requisitos» que dicta la instrucción de la Junta Electoral Central. Este rechazo llevó a la mujer a presentar un recurso ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

La respuesta del juzgado y la motivación de la exclusión

En su sentencia, el juzgado criticó a la Junta Electoral de Zona por no proporcionar «motivación alguna, siquiera sucinta», para denegar la petición de la madre. Además, se señaló que existen dos razones válidas en la instrucción de la Junta Electoral Central que permiten la exclusión de la mujer: la obligación de «cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce años» y la condición de ser madre de niños menores de 14 años cuando el otro progenitor no puede cuidar de ellos durante la jornada electoral.

Por lo tanto, el juzgado bilbaíno aceptó el recurso de la madre, anulando la decisión de la Junta Electoral de Zona de Bilbao por no ser ajustada a derecho. Esta sentencia pone de manifiesto las dificultades que pueden surgir en torno al deber cívico de participar en las mesas electorales y cómo las circunstancias familiares individuales deben ser consideradas adecuadamente.

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