9 de mayo de 2024 | 2:12

Ocio & Cultura

Cines de Artea a los tribunales por no permitir acceso con comida y bebida externa

Miguel Castillo

4 de mayo de 2023 | 8:33 pm

FACUA defiende que la práctica de Yelmo Cines limita los derechos de los consumidores y constituye una cláusula abusiva

Facua-Consumidores en Acción ha presentado una acción de cesación en los juzgados de primera instancia de Madrid contra Yelmo Cines, debido a que la cadena no permite el acceso a sus salas con bebida y comida adquirida fuera de sus establecimientos. La asociación considera que esta política incurre en una cláusula abusiva que limita los derechos de los consumidores.

Yelmo Cines y su supuesto derecho de admisión

La empresa se escuda en el ejercicio de un supuesto derecho de admisión que, según Facua, resulta contrario a la legislación. La asociación ha decidido llevar estas prácticas ante los tribunales debido a la pasividad de las administraciones competentes en el ámbito local y autonómico, tras haber presentado denuncias contra Yelmo en los últimos años.

Rubén Sánchez, portavoz de Facua, ha explicado que Yelmo Cines es una de las principales cadenas de exhibición del país y que no permitir que los espectadores consuman alimentos o bebidas adquiridos fuera de sus instalaciones es «una práctica contraria a la ley de defensa de los consumidores a nivel estatal y concretamente en la Comunidad de Madrid, donde hemos interpuesto la demanda, ya que creemos que vulnera la Ley de Espectáculos Públicos».

Argumentos de Facua en su demanda

Facua sostiene que el servicio de ambigú no es la actividad esencial del cine, por lo que no puede ejercer ese derecho de admisión como si se tratase de un restaurante. La actividad de exhibición cinematográfica existe con independencia de que la empresa ofrezca un servicio de ambigú, que no es necesario para realizar su actividad principal. Por lo tanto, se trata de un servicio complementario y el motivo principal por el que los usuarios acuden a Yelmo es para ver una película, no para comprar comida o bebida.

Además, la Ley de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid establece que «el derecho de admisión deberá tener por finalidad impedir el acceso de personas que se comporten de manera violenta, que puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad». Facua defiende que el derecho de admisión previsto en la ley madrileña está expresamente diseñado para proteger a los consumidores, no para ser usado indiscriminadamente por las empresas.

Yelmo Cines y su práctica abusiva

La asociación también argumenta que, al imponer a los consumidores que quieran comer o beber la compra de los productos en su propio establecimiento, Yelmo incurre en una práctica abusiva conforme a lo dispuesto en el artículo 89.4 del Real Decreto Legislativo 1/2007. En él se define como abusiva «la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados».

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